¿Hay que CONFESARSE
antes de COMULGAR?

Respecto a la Confesión y la Eucaristía, la Iglesia ha dispuesto que es necesario confesarse:

• antes de la Primera Comunión

• si se ha cometido un pecado grave

“Quien come mi carne y bebe mi sangre tiene vida eterna” (Jn. 6, 54). Se recibe al mismo Cristo. Se tiene acceso a la Vida Eterna. Es un gran privilegio. Es necesario hacerlo lo más dignamente posible.

Dos condiciones para recibir la Comunión

1. Es necesario -saber a quién se recibe.

2. Estar en “estado de gracia”. Es el estado de amistad con Dios, que se pierde por el pecado mortal y se recupera con el arrepentimiento y la Confesión.

Estas dos condiciones se basan en la enseñanza de San Pablo: “Quien coma el pan o beba la copa del Señor indignamente, será reo del Cuerpo y de la Sangre del Señor. Examínese, pues, cada cual, y coma así el pan y beba de la copa. Pues quien come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propio castigo” (1 Cor. 11, 27-29).

¿Indispensable, conveniente o necesario?

Salvo que se esté en pecado mortal no es indispensable confesarse antes de comulgar.

La persona puede haber pasado cierto tiempo sin confesión y aún comulgar, pues siempre que no haya cometido algún pecado mortal, sigue en estado de gracia. Por lo tanto, puede comulgar.

Confesarse al menos una vez al año:

Sin embargo ese tiempo entre confesión y confesión no puede ser más largo de un año, porque la Iglesia exige que todo católico se confiese al menos una vez al año. Es uno de los Mandamientos de la Iglesia.

Comunión y pecados veniales

Aunque la Comunión borra los pecados veniales, no es una práctica saludable acostumbrarse a pasar mucho tiempo sin confesarse, pues en el Sacramento de la Confesión se reciben gracias específicas para el fortalecimiento de la voluntad en la lucha contra el pecado. Y estas gracias son muy necesarias para los pecados graves, pero también para los pecados veniales, sobre todo si son pecados habituales.

Confesión frecuente:

La confesión frecuente (mensual) es una práctica muy recomendable y muy necesaria para:

• el progreso espiritual,

• ir creciendo en fortaleza ante el pecado,

• evitar también los pecados veniales,

• ir purificando progresivamente el alma,

• ir eliminando la inclinación al pecado

5 CONDICIONES PARA
CONFESARSE BIEN:

• Examen de conciencia para darse cuenta de los pecados cometidos desde la última confesión.

Arrepentimiento para reconocer los pecados y estar verdaderamente arrepentido de haber pecado.

• Propósito de enmienda para resolverse a no volver a cometer el o los pecados que se confiesan, ni algún otro.

• Decir los pecados al Confesor: Esto es propiamente la Confesión ante el Sacerdote.

• Cumplir la penitencia que mande el Confesor.

NOTA: Aunque se haya hecho la Confesión ante el Sacerdote, si falta alguna de estas 5 condiciones no hay perdón de los pecados. Especialmente hay que estar pendiente de que se tenga un verdadero arrepentimiento de los pecados y un verdadero deseo de no volver a cometerlos.

DOS FORMAS DE
ARREPENTIMIENTO
:

Arrepentimiento perfecto o Contrición:

Es un acto de arrepentimiento del pecado cometido, movido por amor y respeto a Dios. Contrición por haber ofendido a Dios, nuestro Dueño, nuestro Creador, nuestro Todo, infinitamente Bueno y Misericordioso, digno de todo nuestro respeto y nuestro amor.

Arrepentimiento imperfecto o Atrición:

Es arrepentirse por motivos legítimos y buenos todos, pero no tan elevados como nuestro amor a Dios. Pueden ser, por ejemplo, miedo al castigo, miedo al infierno, deseos de comulgar,peso de la conciencia, etc.

¿Ambos arrepentimientos sirven para el perdón de los pecados?

Sí. Pero el arrepentimiento perfecto, por supuesto, agrada más a Dios y comunica más gracias al alma arrepentida.

Y otra ventaja: si acaso la persona que ha pecado gravemente llega a morir sin poder confesarse, el arrepentimiento perfecto perdona hasta los pecados mortales, con lo cual el alma tiene acceso a la salvación eterna.

No así con el arrepentimiento imperfecto: este arrepentimiento inferior requiere la Confesión sacramental para que los pecados queden perdonados sin confesión en caso de muerte.

Conveniencia del arrepentimiento perfecto:

Por estos motivos es costumbre muy conveniente y saludable tener el hábito del arrepentimiento perfecto cada vez que se cometa algún pecado, mortal o venial.

¿Significa esto que no hay que confesarse si uno se arrepiente de manera perfecta?

No. Ambos arrepentimientos requieren confesarse –lo más pronto posible. Aunque se haya hecho un arrepentimiento perfecto, es indispensable confesarse. Sólo que si por providencia divina llegara la muerte antes de la Confesión, los pecados arrepentidos perfectamente han quedado perdonados.

¿Cuándo arrepentirse y cuándo confesarse?

Es una práctica muy saludable y conveniente arrepentirse en cuanto se ha cometido algún pecado, sobre todo si es una falta grave. Y, confesarse cuanto antes sea posible.

Exámenes de Conciencia

Pecados Capitales

¿No basta pedir perdón a Dios?

¿Por qué hay que confesarse con un Sacerdote?

UN PROBLEMA DE INTERPRETACION:

Hay una disposición de la Iglesia para situaciones realmente extraordinarias que dice así: “quien sea consciente de estar en pecado grave no celebre la Misa, ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; en este caso, recuerde que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes”. (Instrucción Redemptionis Sacramentum #81, (25/3/2004).

Entonces, ¿puedo comulgar después de cometer un pecado mortal, antes de confesarme, si hago un acto de contrición perfecto? – No, a menos que haya una condición muy excepcional. Este caso se da especialmente en los Sacerdotes.

Un ejemplo: cuando el Sacerdote celebra Misa no puede dejar de comulgar (la comunión del Sacerdote forma parte de la ceremonia). Si el Sacerdote estuviera en estado de pecado mortal y, teniendo que celebrar la Misa, no tuviera con quien confesarse, ¿qué tendría que hacer? Ese sacerdote, acogiéndose a esta excepción, debe hacer un acto de contrición perfecta y celebrar la Santa Misa, con la resolución de buscar confesarse cuanto antes le sea posible y poner en ello todo su empeño.

con aprobación eclesiástica
P. Alfonso Alfonzo Vaz / Censor
Caracas, 15 de Julio de 2007
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