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¿EN QUE CONSISTE No consiste en que la Iglesia anula el Matrimonio, sino que declara que nunca hubo un verdadero Matrimonio y que, por tanto, fue nulo. La declaración de nulidad que la Iglesia da a un matrimonio que nunca fue, no es una especie de divorcio católico. ¿QUIÉN SE OCUPA DE LAS ANULACIONES MATRIMONIALES? De la declaración de nulidad del vínculo matrimonial se ocupa el Tribunal Eclesiástico de cada Diócesis. ALGUNAS CAUSALES DE NULIDAD DEL VINCULO MATRIMONIAL : . No consumación del matrimonio. . Que
alguno de los cónyuges haya sido forzado. . Que alguno de los cónyuges vaya con la idea de que el matrimonio no es para toda la vida. . Alguna
inmadurez irremediable de uno de los cónyuges que le impida cumplir
con alguna de las condiciones o fines del matrimonio. ALGUNOS CUESTIONAMIENTOS AL CONCEPTO DE NULIDAD: . Si el Matrimonio fue nulo ¿no da lo mismo que sea declarado nulo o no? No, porque sólo un Tribunal, después
de un proceso bien llevado, está en capacidad de poder determinar
si, efectivamente, no hubo matrimonio. . ¿Son ilegítimos los hijos de un matrimonio que la Iglesia declara nulo? Los hijos no son ilegítimos porque el vínculo conyugal afecta a los cónyuges, no a la filiación. La legitimidad tiene que ver con la ley civil, no con la ley de la Iglesia. Por tanto, los hijos de un matrimonio que fue celebrado civilmente, son legítimos y siempre permanecerán así, aun si sus padres se divorcian posteriormente o si la Iglesia después declara inválido el matrimonio. (Derecho Canónico 1137-1140). Cuando la Iglesia encuentra y concluye que no se entró al matrimonio con validez, únicamente está hablando de los cónyuges, no de los hijos que han surgido de la unión. Los hijos no son los que hacen el matrimonio. El
matrimonio es realizado por el hombre y la mujer. Por tanto, cuando el
Tribunal Eclesiástico conduce su investigación, es el vínculo
matrimonial el que es juzgado, no la paternidad, la maternidad y la filiación. |
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¿Se puede anular un matrimonio?
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